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AYUDAS IVACE 2021 para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales de la CV

Ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales de los sectores de la Comunitat Valenciana.

Plazo de presentación de solicitudes: desde el 11 de febrero hasta el 11 de marzo de 2021
Empresas beneficiarias: pequeñas y medianas empresas privadas, que desarrollen o vayan a desarrollar en la CV una actividad industrial productiva vinculada a los sectores del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol-piedra natural y áridos, madera – mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, papel y artes gráficas, valorización de residuos y los sectores emergentes de la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos.
Cuantía de la ayuda: La ayuda consistirá en una subvención del 35 % del total de los gastos considerados como subvencionables, si bien con el límite superior de que la ayuda total minimis concedida a una única empresa no podrá ser superior a 200.000 euros en el ejercicio fiscal en curso y en los dos ejercicios fiscales anteriores.
Descargar el DOGV

*Más información en el webinar organizado por CEEI Valencia, con la colaboración de IVACE el jueves, 18 de febrero de 2021 de 11h a 12:30h. Pincha aquí para inscribirte.

Ayudas IVACE a Pymes Comunidad Valenciana para la transformación digital y el teletrabajo

Abierto el plazo para ayudas a pymes de la Comunidad Valenciana para el desarrollo de proyectos consistentes en la implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras encaminadas a la digitalización de la actividad de la empresa solicitante, encuadradas en alguna de las siguientes actuaciones: DIGITALIZA TRANSFORMACIÓN y DIGITALIZA-TELETRABAJO hasta el 10 de marzo de 2021.

Dirigido a: Pymes de la Comunidad Valenciana
Presentación solicitudes: Desde el 11/02/2021 hasta el 10/03/2021 
Plazo de ejecución  (periodo subvencionable del gasto): desde el 1/1/2021 hasta el 31/12/2021 
Plazo de justificación: hasta el 9/02/2022. No podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen actividades financieras, inmobiliarias, de producción primaria de productos agrícolas o que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura.

 *según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 9017 de fecha 10/02/2021, si bien la información exhaustiva y completa del programa deberá consultarse en los textos publicados en el DOGV.

Para acceder al enlace del IVACE pincha aquí.